(UNICOM-MHE).- Mediante Decreto Supremo Nº 0675, dictado por el Presidente Evo Morales se crea la Entidad Ejecutora de Conversión a Gas Natural Vehicular (EEC-GNV) como una institución pública desconcentrada dependiente del Ministerio de Hidrocarburos y Energía.
La EEC-GNV tiene por finalidad ejecutar los Programas de Conversión, mantenimiento de equipos para GNV, la Recalificación y Reposición de Cilindros de GNV, además de administrar los recursos provenientes del Fondo de Conversión Vehicular y del Fondo de Recalificación de Cilindros.
La nueva institución tiene carácter pública desconcentrada dependiente del Ministerio de Hidrocarburos y Energía, con independencia administrativa, financiera, legal y técnica.
La Entidad cuenta con el Consejo General, conformado por: dos representantes del Ministerio de Hidrocarburos y Energía, un representante de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), un represente de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), dos representantes de la Confederación Sindical de Chóferes de Bolivia y un representante de la Confederación Nacional del Transporte Libre.
La EEC-GNV tendrá el siguiente financiamiento: 1) Recursos asignados por el Tesoro General de la Nación (TGN); 2) Recursos propios para cubrir los costos de Conversión y Mantenimiento de Equipo para GNV, Recalificación y Reposición de Cilindros a GNV que provengan del Fondo de Conversión Vehicular y del Fondo de Recalificación de Cilindros; 3) Donaciones, transferencias y créditos nacionales y extranjeros.
La ANH se encargará de registrar la información de las conversiones vehiculares a GNV, la que será remitida a la EEC-GNV en forma mensual.
En las disposiciones transitorias del Decreto Supremo se establece que los vehículos que funcionan a Gas Licuado de Petróleo (GLP) tienen 90 días desde la publicación de la norma para inscribirse en la ANH, caso contrario no podrán ser incluidos en el Programa de Conversión y su circulación estará prohibida.
