El Gobierno planea embargar estaciones de servicio a 50 kilómetros de la frontera y confiscar surtidores que no emitan factura. El proyecto de ley ya pasó la primera instancia de aprobación en la Asamblea Legislativa.

Los propietarios de las gasolineras agrupadas en la Asociación de Surtidores (Asosur) denuncian que el proyecto de ley, que está en trámite en el Legislativo, es discriminatorio, porque son excluidos del régimen general de contribuyentes pues se aplicarán “sanciones administrativas confiscatorias”, publica la agencia de noticias ANF.
Para la clausura definitiva se modificará el Código Tributario, incluyendo el texto que especifica la venta de gasolinas, diésel y GNV, que establece que “la sanción consistirá en la clausura definitiva del establecimiento, sin posibilidad de que la misma sea convertida en multa”.
“Las estaciones de servicio que se encuentren dentro del radio de cincuenta (50) kilómetros de la frontera, se declaran de necesidad pública, estando sujetas al régimen de expropiación municipal, previo pago de justa indemnización”, establece el artículo 9 del proyecto de ley para el desarrollo y seguridad fronteriza.
En las fronteras del país, precisamente dentro los 50 kilómetros, se instalaron 20 estaciones de servicio privadas para la venta de combustibles.
De esta manera, se expropiarán las estaciones que son de propiedad privada, señalan las emisarias de Asosur Santa Cruz, Cochabamba y La Paz, en representación de los propietarios de surtidores de combustibles del país.
La Ley que está en tratamiento es expropiatoria, porque al embargar las estaciones de servicio se confisca propiedad privada “violentando el derecho constitucional a la propiedad privada, a la seguridad jurídica de las inversiones y al retorno razonable de las mismas”.
De igual manera, la Ley viola “el principio constitucional de presunción de inocencia al condenar como contrabandistas a dichas estaciones por su proximidad fronteriza”, remarca el pronunciamiento de Asosur.
CONFISCACIÓN
El Artículo 18 de la Ley que está en proceso de aprobación establece que ”cuando se verifique la no emisión de factura, nota fiscal o documento equivalente por la venta de gasolinas, diésel y gas natural vehicular en estaciones de servicio autorizadas por la entidad competente, la sanción consistirá en la clausura definitiva del establecimiento”.
Al respecto, Asosur asegura que “es una expropiación encubierta”, violando “el derecho constitucional a la propiedad privada, a la seguridad jurídica de las inversiones, al debido proceso y a la efectividad de los medios legales de impugnación”.
En el país hay 500 estaciones de servicio que los privados instalaron, invirtiendo entre 250 a 300 mil dólares.
“El Artículo 18 ni siquiera da derecho al debido proceso, confiscan la estación sin derecho a la defensa”, informó la representante de Asosur Santa Cruz, Susy Dorado, al manifestar que el proyecto de ley es contradictorio con lo señalado por el presidente Evo Morales, que pide inversiones.
Hay inseguridad jurídica para las inversiones privadas, pues si hoy se emplea capital privado en un sector, mañana hay el riesgo de que el Gobierno la estatice confiscándolas, aseguran en Asosur./ EL DIARIO