En su Artículo 26, Financiamiento sistema de transporte férreo en el
tramo Montero Bulo Bulo, la Ley N°137 o Ley Financial aprueba la
autorización para que el Ministerio de Economía, a través del Tesoro
General de la Nación, contraiga un crédito con el Banco Central de
Bolivia (BCB) por 1.044 millones de bolivianos para financiar la
construcción del transporte férreo Montero-Bulo Bulo.
El
artículo establece que se trata de un “crédito extraordinario en
condiciones concesionales, para lo cual se exceptúa al Banco Central de
Bolivia de la aplicación de los Artículos 22 y 23 de la Ley del Banco
Central de Bolivia N°1670 de 31 de octubre de 1995”. De la misma manera,
“se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través
del Tesoro General de la Nación, la constitución de las garantías
necesarias de respaldo que requiera el contrato de préstamo respectivo”./ LOS TIEMPOS
